MERCANTILES

Artículo 2a. XV/2018 (10a.). DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. EL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, NO CONTIENE UNA PERMISIÓN PARA LA ESTERILIZACIÓN VOLUNTARIA DE MENORES.

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. EL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, NO CONTIENE UNA PERMISIÓN PARA LA ESTERILIZACIÓN VOLUNTARIA DE MENORES.

Conforme al precepto citado, a fin de salvaguardar el derecho de los menores a disfrutar el más alto nivel posible de salud, las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán prohibir, sancionar y erradicar la esterilización forzada de niñas, niños y adolescentes. Al respecto, debe precisarse que la ausencia de una norma prohibitiva, no se traduce automáticamente en la existencia de una regla permisiva en el sistema jurídico, esto es, el mero hecho de que en el sistema jurídico no se contemple una norma que prohíba a las personas ejercer un determinado acto no implica, forzosamente y en todos los casos, que esa omisión deba entenderse como una permisión o derecho implícito para ejecutarlo. Sobre esa base, de la sola redacción del artículo 50, fracción XIII, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, no se advierte que el legislador haya otorgado un "derecho" a los menores de edad para someterse de manera voluntaria a procedimientos de esterilización, sino que sólo se infiere la obligación de las autoridades de realizar y ejecutar programas contra su esterilización forzada.

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Registro digital (IUS): 2016058

Clave: 2a. XV/2018 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Enero de 2018; Tomo I; Pág. 536

Precedentes

Amparo en revisión 800/2017. Martha Patricia Martínez Macías y otra. 29 de noviembre de 2017. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; se apartó de consideraciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a. XV/2018 (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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