MERCANTILES

Artículo VII.2o.C.170 C (10a.). DEPÓSITO DE MENORES. PARA DECRETARLO ES INSUFICIENTE QUE EL PADRE SEA QUIEN LOS ATIENDA MAYORMENTE, YA QUE DICHA CIRCUNSTANCIA NO IMPLICA ABANDONO O DESINTERÉS MATERNO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DEPÓSITO DE MENORES. PARA DECRETARLO ES INSUFICIENTE QUE EL PADRE SEA QUIEN LOS ATIENDA MAYORMENTE, YA QUE DICHA CIRCUNSTANCIA NO IMPLICA ABANDONO O DESINTERÉS MATERNO.

La autoridad jurisdiccional tiene la obligación de actuar prescindiendo de cualquier carga estereotipada que resulte en detrimento de mujeres y hombres y, por ello, deriva inconstitucional considerar en riesgo a menores de edad, cuando sea el padre quien los atienda mayormente, ya que dicha circunstancia no implica abandono o desinterés materno, sino el simple ejercicio de la patria potestad del progenitor varón; sin embargo, como dicha situación mayormente ha sido realizada a través de los años, sólo por mujeres, entonces, el hecho de que un varón la lleve a cabo, se ha advertido como el incumplimiento de una obligación materna, cuando la legislación concede a ambos progenitores la misma potestad respecto de la patria potestad de los hijos. Consecuentemente, es insuficiente esa situación para decretar un depósito de menores.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2019587

Clave: VII.2o.C.170 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 64, Marzo de 2019; Tomo III; Pág. 2658

Precedentes

Amparo en revisión 458/2018. 14 de febrero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel De Alba De Alba. Secretaria: Diana Helena Sánchez Álvarez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.2o.C.170 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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