MERCANTILES

Artículo I.15o.C.56 C (10a.). CONTRATO DE SEGURO DE AUTOMÓVIL O MOTOCICLETA. SU VALOR PROBATORIO EN UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

CONTRATO DE SEGURO DE AUTOMÓVIL O MOTOCICLETA. SU VALOR PROBATORIO EN UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL.

Las pruebas documentales tienen valor probatorio y demuestran los hechos en ellas contenidas, presumiendo que lo ahí asentado fue aceptado por quien lo firma, siempre que éstas no sean objetadas en cuanto a su alcance y valor probatorio o autenticidad. No obstante lo anterior, la sola exhibición de cuestionarios o cualquier documento de confirmación de datos relacionado con un contrato de seguro de automóvil o motocicleta en un procedimiento judicial no puede implicar que con los hechos o manifestaciones en él señalados quede acreditado su contenido; porque dichas documentales son elaboradas por un tercero –agente de seguros– para la cobertura o no del seguro respectivo, de tal suerte que es equiparable a una testimonial o confesional emitida fuera de juicio que no tiene autoría por el propio asegurado; por lo que, aun cuando ésta se encontrase firmada, no puede considerarse como notorio el consentimiento por parte del asegurado en el documento de referencia. En consecuencia, para que dicho contrato goce de valor probatorio pleno es necesario que se adminicule con otra u otras pruebas que, analizadas en conjunto, generen la convicción al juzgador para acreditar los hechos que con dicha documental se pretenden demostrar.DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2021093

Clave: I.15o.C.56 C (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 72, Noviembre de 2019; Tomo III; Pág. 2317

Precedentes

Amparo directo 490/2019. Karina Álvares Zamudio y otro. 26 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Miguel Ángel Ramírez Topete.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.15o.C.56 C (10a.) del MERCANTILES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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