MERCANTILES

Artículo I.3o.C.78 C (11a.). PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD. REQUISITOS PARA ACREDITARLA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 444, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD. REQUISITOS PARA ACREDITARLA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 444, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Hechos: Una mujer demandó en la vía oral civil la pérdida de la patria potestad del padre de sus hijos, al sostener que incumplió sus deberes inherentes, pues los abandonó por más de tres meses sin causa justificada.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para tener por acreditada la causa de pérdida de la patria potestad consistente en el abandono por más de tres meses sin causa justificada, prevista en el artículo 444, fracción V, del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, es necesario demostrar un evidente desinterés del progenitor para cumplir con sus obligaciones de crianza y no, entre otros supuestos, sustentarla en medidas adoptadas en procedimientos paralelos que impidieron ese cumplimiento.Justificación: Lo anterior, porque dicho precepto debe interpretarse en un sentido amplio, esto es, acreditarse de manera fehaciente una abdicación total, voluntaria e injustificada de las obligaciones de crianza del progenitor con sus hijos.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2030265

Clave: I.3o.C.78 C (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 48, Abril de 2025; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1127

Precedentes

Amparo directo 757/2022. 11 de enero de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Verónica Ávalos Díaz. Secretario: José Manuel Martínez Villicaña.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 1a./J. 63/2016 (10a.), de rubro: "ABANDONO DE UN MENOR DE EDAD. SU INTERPRETACIÓN COMO CAUSAL DE PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 2 de diciembre de 2016 a las 10:14 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 37, Tomo I, diciembre de 2016, página 211, con número de registro digital: 2013195.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.C.78 C (11a.) del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.C.78 C (11a.) de la J. Mercantiles SCJN?

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