Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Es de explorado derecho que las actas de nacimiento, aun cuando son aptas para acreditar la paternidad, al existir dos diversas respecto de un mismo hecho jurídico y en relación con las cuales no existe declaración de falsedad, no hay razón legal para inclinarse a favor de la eficacia de alguna de ellas, y no basta el dicho del actor en el juicio natural para excluir de la paternidad al que aparece en una de ellas, mientras éste viva, ya que únicamente él podrá reclamar la filiación del hijo que reconoció; o, en su defecto, competerá al hijo la acción de desconocimiento de la paternidad, que deberá ventilarse en el juicio contradictorio correspondiente, con audiencia de las partes interesadas.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800276
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 461
Amparo directo 3203/87. Sucesión de Sergio Manuel Cruz Montalvo. 19 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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