Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
El hecho notorio es aquel cuyo conocimiento forma parte de la cultura normal propia de un determinado círculo social y puede referirse tanto a un acontecimiento histórico como a un fenómeno natural. La circulación de papel moneda villista en determinada época es un hecho destacado en la Revolución Mexicana y particularmente en la historia de Chihuahua donde tuvieron lugar hechos importantes de dicha revolución, por lo que pudo estimarse por la autoridad judicial como hecho notorio.
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Registro digital (IUS): 800881
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Cuarta Parte; Pág. 115
Amparo directo 399/56. Tomás García. 5 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800880. DESOCUPACION POR RESCISION Y POR TERMINACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. NO SON ACCIONES CONTRADICTORIAS.
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