MERCANTILES

Artículo IUS 800883. SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.

Sería infundado exigir al arrendador que acreditara con prueba directa la relación entre un arrendatario carente de facultades para subarrendar y el tercero a quien concedió el uso de la cosa, por la naturaleza misma de esa relación. Por tanto, debe estimarse acreditado el subarrendamiento con la confesión del subarrendatario y el informe de la Oficina Federal de Hacienda respectiva en el sentido de que dicho subarrendatario tiene registrado un comercio en la casa subarrendada.

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Registro digital (IUS): 800883

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Cuarta Parte; Pág. 153

Precedentes

Amparo directo 5434/56. Vicente Perales. 31 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800883 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800883 de la J. Mercantiles SCJN?

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