MERCANTILES

Artículo IUS 801341. USO, TERMINACION DEL.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

USO, TERMINACION DEL.

Establecido en un convenio con toda claridad que el uso gratuito del inmueble sólo se concedió por un año, al vencerse ese año cesa el derecho del usuario a la ocupación gratuita. Como a partir del vencimiento ya no hay causa jurídica para la ocupación, es claro que el usuario tiene la obligación de desocupar, ya que no puede seguir ocupando legalmente sin algún título que justifique su ocupación. Ahora bien, para la procedencia de la acción pidiendo la desocupación no es necesario que se hubiera dicho expresamente que el usuario debería desocupar tal día, puesto que si se estipuló en el convenio una obligación sujeta a término extintivo, de un año, es claro que el término a ocupar gratuitamente cesó automáticamente al concluir el año.

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Registro digital (IUS): 801341

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 178

Precedentes

Amparo directo 6700/57. Isabel Solís Hernández. 30 de junio de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801341 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801341 de la J. Mercantiles SCJN?

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