MERCANTILES

Artículo IUS 801568. ARRENDAMIENTO. LAS MEJORAS Y LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES EN EL INMUEBLE OBJETO DEL, NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO UNA MISMA COSA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO. LAS MEJORAS Y LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES EN EL INMUEBLE OBJETO DEL, NO PUEDEN CONSIDERARSE COMO UNA MISMA COSA.

Las construcciones llevadas al cabo por el arrendatario y que constituyan nuevas unidades con individualidad que no existían en el predio, no pueden conceptuarse como mejoras, las cuales son aditamentos, adornos o embellecimiento de la cosa que se recibe en arrendamiento. Por tal motivo, no existe contravención al contrato cuando el inquilino realiza aquéllas, aun cuando exista prohibición de no efectuar éstas sin el consentimiento expreso por escrito del arrendador, si además éste se dio cuenta de su construcción sin presentar oposición.

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Registro digital (IUS): 801568

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 2253/57. Otto Lincoln Hubp. 7 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801568 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801568 de la J. Mercantiles SCJN?

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