MERCANTILES

Artículo IUS 801593. DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

En los juicios de divorcio no puede admitirse que exista domicilio conyugal, cuando los cónyuges no viven en uno propio, sino en el de los padres del marido o de la esposa.

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Registro digital (IUS): 801593

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 96

Precedentes

Amparo directo 3478/58. Amparo Coutiño de Sánchez. 27 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen V, página 69, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".Volumen VII, página 162, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801593 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801593 de la J. Mercantiles SCJN?

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