Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
En los juicios de divorcio no puede admitirse que exista domicilio conyugal, cuando los cónyuges no viven en uno propio, sino en el de los padres del marido o de la esposa.
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Registro digital (IUS): 801593
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Cuarta Parte; Pág. 96
Amparo directo 3478/58. Amparo Coutiño de Sánchez. 27 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen V, página 69, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".Volumen VII, página 162, tesis de rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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