Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
El artículo 553 de la Ley Federal del Trabajo, señala la forma en que deben redactarse los laudos por las Juntas de Conciliación y Arbitraje; pero no contiene formalidades esenciales del procedimiento que coloquen a las partes en estado de indefensión, caso de no cumplirse las formas indicadas en el precepto, de tal suerte que la infracción de las reglas contenidas en el artículo de referencia, no tienen la entidad suficiente para considerarlas como violatorias de los artículos 14 y 16 constitucionales, si se estudia y se define la cuestión esencial planteada en la controversia.
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Registro digital (IUS): 802970
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 41
Amparo directo 4472/60. Pedro Hernández Villalobos. 6 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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