MERCANTILES

Artículo IUS 803083. ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE PROPIETARIO. MORA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE PROPIETARIO. MORA.

Si consta de autos que la actora reconoció no haber hecho la notificación que establece el artículo 2409 del Código Civil, para que de ese modo, satisfecho el requisito que se menciona, pudiera tenerse al arrendatario por obligado a pagar las rentas al nuevo propietario, no puede imputarse al inquilino la falta de pago de éstas y, por lo tanto, no incurrió en mora, ni hay incumplimiento de contrato que origine su rescisión.

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Registro digital (IUS): 803083

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXV, Cuarta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 3728/59. Compañía Ferrera Industrial, S. A. 4 de mayo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XXII, página 35. Amparo directo 4549/58. Arcadio R. Flores. 15 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.Volumen XXI, página 34. Amparo directo 4590/58. Sucesión de Cipriano Aguilar Arias. 6 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.Volumen VII, página 20. Amparo directo 7179/56. Lázaro Chapiro Axelrod y coagraviado. 30 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte.Volumen X, página 9, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO, LUGAR DEL PAGO DE LAS RENTAS. MORA.".Volumen XII, página 96, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO. LUGAR DEL PAGO DEL LAS RENTAS MORA." y "ARRENDAMIENTO. LUGAR DEL PAGO DE LAS RENTAS. RESCISION POR MORA (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).".Nota: En el Volumen XXII, página 35, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. MORA DEL INQUILINO EN EL PAGO DE RENTAS.".En el Volumen XXI, página 34, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. MIENTRAS NO SE HAGA AL ARRENDATARIO LA NOTIFICACION, EN SU CASO,DE CAMBIO DE DUEÑO DEL INMUEBLE ARRENDADO, EL ADQUIRIENTE CARECE DE TODA ACCION CONTRA AQUEL.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803083 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803083 de la J. Mercantiles SCJN?

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