Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La acción reivindicatoria es imprescriptible, según reiteradamente lo ha considerado la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
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Registro digital (IUS): 803114
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Cuarta Parte; Pág. 9
Amparo directo 1070/58. Cornelio Pérez López y coagraviado. 29 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen XV, página 26. Amparo directo 504/56. Isidro López Zertuche. 11 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.Nota: En el Volumen XV, página 26, esta tesis aparece bajo el rubro "ACCION REIVINDICATORIA, SUBSISTENCIA DE LA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 803102. ACCION REIVINDICATORIA, IMPROCEDENCIA DE LA, PARA LANZAR A UN INQUILINO (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
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Art. IUS 803115. ARRENDAMIENTO. MUERTE DE LOS CONTRATANTES.
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