Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
El término de la prescripción de 10 años para ejercitar la acción de petición de herencia, debe contarse desde el momento en que el albacea entra en posesión de los bienes.
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Registro digital (IUS): 803239
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCII, Cuarta Parte; Pág. 55
Amparo directo 4134/63. Armando Colín y Rojas. 25 de febrero de 1965. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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