Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Aunque es cierto que la ley, al mencionar el justo título, se refiere, de acuerdo con una correcta interpretación, a la causa de la posesión y no necesariamente a un documento, si el título de esa posesión pretende demostrarse con un documento, es claro que el juzgador debe estudiar dicho documento, para ver si comprueba o no los elementos del justo título.
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Registro digital (IUS): 803359
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Cuarta Parte; Pág. 86
Amparo directo 8152/59. Magdalena Ruiz de Del Valle. 8 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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