MERCANTILES

Artículo IUS 803411. ACCION PLENARIA DE POSESION, PROCEDENCIA DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ACCION PLENARIA DE POSESION, PROCEDENCIA DE LA.

La acción plenaria de posesión requiere para su procedencia la comprobación de los siguientes elementos: que quien la ejercite, sea poseedor jurídico de la cosa que reclama y que, en consecuencia, justifique el título que le da derecho a poseer, y que aquél contra quien se dirija carezca de derecho a retener la cosa o que su derecho sea inferior al del demandante. Para este efecto, el juzgador debe examinar cuál de los título invocados por las partes es mejor para acreditar el derecho a la posesión civil. De lo anterior se ve que quien promueva la acción plenaria de posesión, deberá acreditar ciertos requisitos y que si las partes fundan su derecho a la posesión en determinados títulos, el juzgador tiene que examinarlos y compararlos para establecer cuál de los dos es mejor.

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Registro digital (IUS): 803411

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo directo 7205/58. Lucio Guerra García. 28 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803411 del MERCANTILES?

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