Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
El tribunal de alzada debe limitarse a analizar y resolver los agravios que se formulan en contra de la sentencia de primer grado y sólo estudiará la acción ejercitada y examinará sus elementos cuando así lo requiera alguno de los agravios formulados.
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Registro digital (IUS): 803410
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 22
Amparo directo 2085/57. Fidencio G. Márquez. 20 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 803406. COSTAS, SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE.
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Art. IUS 803411. ACCION PLENARIA DE POSESION, PROCEDENCIA DE LA.
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