Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
El domicilio conyugal, no sólo es el lugar donde conviven los cónyuges, sino donde ambos disfrutan de la misma autoridad, y consideraciones iguales, o la morada en que estuviere a cargo de la mujer la dirección y el cuidado de los trabajos del hogar. Consecuentemente, es necesario precisar la casa en que se constituye el domicilio conyugal que hubiere sido abandonado, ya que la sola mención de una ciudad no es suficiente.
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Registro digital (IUS): 803600
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Cuarta Parte; Pág. 49
Amparo directo 8609/62. Gerardo Rafael Catalán Calvo. 29 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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