Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El ejercicio de la acción, por virtud de la presentación de la demanda, tiene el efecto de detener la prescripción y, en consecuencia, la interrumpe sin marcar el comienzo de una nueva, ya que si por la demanda judicial la relación procesal está pendiente, no corre ninguna prescripción; y dicha relación procesal debe entenderse pendiente hasta que la sentencia que se pronuncie sea definitiva.
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Registro digital (IUS): 803889
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 432
Amparo civil directo 2524/54. Mata Manuel A. 25 de abril de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: José Castro Estrada. Engrose: Gilberto Valenzuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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