Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
El indicio que se desprende de la exhibición de las boletas del pago de contribuciones a la Tesorería del Departamento hecho por el quejoso, no es bastante para demostrar el primero de los requisitos exigidos por el artículo 1151 del Código Civil, que es el de que la posesión debe ser en concepto de propietario; pues grave perjuicio se seguiría a la seguridad jurídica, si por el solo indicio que se desprende del pago de las contribuciones, se concluyera que, quien tal ha hecho, ha estado poseyendo en los términos exigidos por la fracción I del citado precepto.
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Registro digital (IUS): 804443
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 897
Amparo civil directo 5410/48. Alvarez Lorenzo E. 9 de febrero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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