Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La jurisprudencia de esta Tercera Sala ha sido la de que no deben admitirse las contrafianzas que tienen por efecto el permitir que se ejecute la sentencia motivo del amparo que ordena un lanzamiento, pero siempre la base de que el condenado tiene el carácter de arrendatario en el respectivo juicio de desocupación, porque se considera que los daños y perjuicios económicos y morales que con el lanzamiento venga a sufrir el inquilino son irreparables, y se equiparan a que el amparo quede sin materia por lo difícil de ejecutar el fallo de amparo que, en su caso, obtenga la quejosa; pero esa tesis es aplicable limitativamente a ejecutorias que resuelven con lanzamiento un juicio de desocupación y no al caso en el que lo cuestionado se ha resuelto en un juicio de reivindicación y de nulidad de una información ad perpetuam de una parte de determinada cosa poseída por la quejosa, sin el carácter de arrendataria.
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Registro digital (IUS): 804550
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 803
Queja en amparo civil 65/54. Vázquez Huitrón Pablo. 28 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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