Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El derecho para promover el incidente de daños y perjuicios con motivo de la suspensión empieza a correr hasta cuando la autoridad responsable tenga conocimiento de la negativa del amparo relativo.
---
Registro digital (IUS): 804549
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 799
Queja en amparo civil 92/154. Castillo Merino Jesús. 28 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 804547. LEGISLATURAS LOCALES, FACULTADES DE LAS.
Siguiente
Art. IUS 804550. LANZAMIENTO, CASOS EN QUE PROCEDE LA CONTRAFIANZA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo