MERCANTILES

Artículo IUS 804840. INQUILINATO EN VERACRUZ, LEY DE (FIANZA).

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

INQUILINATO EN VERACRUZ, LEY DE (FIANZA).

El artículo 8o. de la Ley de Inquilinato en Veracruz no implica despojo de derechos ni ataques a la pequeña propiedad, al prohibir el otorgamiento de fianzas o depósitos en garantía del pago de rentas y sólo fija un límite a la libertad contractual, en la esfera civil y en un concreto punto del régimen de los contratos de arrendamiento, estando además establecida por consideraciones de interés público; ni significa imposición de una modalidad a la posesión y con arreglo al artículo 124 constitucional, la Legislatura local pudo fijar ese límite porque no se trata de alguna materia cuya regulación esté reservada a las autoridades federales.

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Registro digital (IUS): 804840

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2466

Precedentes

Amparo civil directo 2944/36. Landeche de Urdapilleta Otilia. 5 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Rivera. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804840 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804840 de la J. Mercantiles SCJN?

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