Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Es cierto que con la póliza respectiva se demuestra efectivamente la procedencia de la acción, en el sentido de tener por presentados los hechos constitutivos de la acción, pero para que ésta prospere y traiga como consecuencia un fallo condenatorio, es preciso constatar el derecho y que las excepciones no se justifiquen, por lo que dicha póliza no es un título que traiga aparejada ejecución.
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Registro digital (IUS): 805157
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3184
Amparo civil directo 9291/41. Confederación del Canadá. 23 de noviembre de 1953. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Hilario Medina. Engrose: Vicente Santos Guajardo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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