MERCANTILES

Artículo IUS 805389. PROPIETARIO, INTERES JURIDICO DEL, CUANDO HA CEDIDO LA ADMINISTRACION DEL INMUEBLE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PROPIETARIO, INTERES JURIDICO DEL, CUANDO HA CEDIDO LA ADMINISTRACION DEL INMUEBLE.

Si unos convenios celebrados por el quejoso, tuvieron por objeto ceder la administración de ciertas fincas, pero no contienen cesión de derechos de posesión, ni mucho menos de propiedad de esas fincas, es evidente que dicho quejoso continúa en su carácter de propietario y poseedor de esos bienes, por lo que su entrega a diversa persona, tiene que afectarle.

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Registro digital (IUS): 805389

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 81

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5952/48. Guzmán Anastasio y coags. 3 de octubre de 1949. Mayoría de cuatro votos, respecto al primer punto resolutivo; y por unanimidad de cinco votos, respecto al segundo. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805389 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805389 de la J. Mercantiles SCJN?

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