Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si quedó plenamente justificado que el terreno embargado en un juicio al que es extraña la sucesión quejosa, es un lote hipotecado a favor de la autora de dicha sucesión, con ello ha quedado debidamente probado el interés jurídico que dicha quejosa tiene en que se suspendan los actos reclamados, consistentes en las consecuencias del embargo de que se trata.
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Registro digital (IUS): 805656
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1216
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5719/48. Nava Rojas Magdalena, sucesión de. 12 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 805651. TRANSACCIONES SUJETAS A LA APROBACION JUDICIAL.
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Art. IUS 805657. REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
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