MERCANTILES

Artículo IUS 806418. RECUSACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

RECUSACION.

El encabezado y la fracción VIII del artículo 1138 del Código de Comercio son así: "Son causas de recusación, todas las que constituyen impedimento, con arreglo al artículo 1132, y además, las siguientes", "Haber conocido en el negocio en otra instancia, fallando como Juez.". En la fracción X del artículo 1132 se emplea el vocablo "Juez" en el sentido de autoridad judicial de primera instancia o de instancia inferir, y si una persona sólo ha conocido como Magistrado, de actos de un Juez de Distrito, no se cumple esta causa de impedimento o recusación.

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Registro digital (IUS): 806418

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 375

Precedentes

Recusación 44/43. Magistrado del Tribunal del Tercer Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León. 8 de octubre de 1946. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva, Carlos L. Angeles, Octavio Mendoza González, Manuel Bartlett, Agustín Téllez López, José Rebolledo y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806418 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806418 de la J. Mercantiles SCJN?

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