MERCANTILES

Artículo IUS 806473. PRUEBA TESTIMONIAL EN JUICIOS DE DIVORCIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRUEBA TESTIMONIAL EN JUICIOS DE DIVORCIO.

La Suprema Corte de Justicia no debe hacer la valoración de las pruebas rendidas en el juicio, por corresponder esto a la autoridad responsable; pero si se reconoce que al estudiar ésta la prueba testimonial, omitió el aspecto de la cuestión desde el punto de vista de la injuria, aducida como causal de divorcio, procede conceder el amparo solicitado, para el efecto de que dicha autoridad, en un nuevo fallo, estudie el punto y resuelva si considera injurioso para la actora, el hecho atribuido al demandado por los testigos, y capaz, por tanto, ese hecho, de fundar la sentencia de divorcio.

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Registro digital (IUS): 806473

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1813

Precedentes

Amparo civil directo 3027/46. Vera de Chargoy Dolores. 11 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Hilario Medina.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806473 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806473 de la J. Mercantiles SCJN?

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