MERCANTILES

Artículo IUS 806482. SENTENCIAS DE AMPARO, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA EJECUCION DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacomún,-civil

Texto Legal

SENTENCIAS DE AMPARO, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA EJECUCION DE LAS.

Es indudable que la sociedad y el Estado están interesados vivamente en que se cumpla desde luego con lo que manda una sentencia ejecutoria de la Corte, en la que se establece la verdad legal, aun cuando con ella se afecte a un tercero, que celebró contrato por virtud del cual, tiene la posesión que se manda dar a tercero, por virtud de la mencionada ejecutoria, sin que pueda sostenerse válidamente, que debe respetarse el contrato de arrendamiento celebrado, si la entrega hecha al arrendador sólo se dio como poseedor precario del inmueble, por estar litigándose en el juicio reivindicatorio, la propiedad del mismo y por haberse hecho la entrega, mientras se estaba tramitando la apelación que se interpuso contra la sentencia de primera instancia, ya que admitida la apelación en el efectivo devolutivo, puede ejecutarse la sentencia de primera instancia, si otorga fianza el que es favorecido con ella, y si se revoca la sentencia apelada, es indudable que no tiene valor alguno todo lo que se haga en el transcurso del tiempo que medie desde la fecha de la sentencia de primera instancia a la fecha en que se pronunció la revocación, en ese concepto, el orden público exige que se restablezcan a virtud de la sentencia mencionada, las cosas al estado que tenían antes de cumplimentarse la sentencia de primera instancia, y por estas razones la suspensión no procede por no estar satisfecho el requisito de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.

---

Registro digital (IUS): 806482

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1925

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8495/46. Berlanga Alfonso. 14 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806482 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806482 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 806482 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 806482 MERCANTILES desde tu celular