Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Un contrato de subarrendamiento no es bastante para acreditar el interés jurídico del quejoso, cuando no consta que ese subarrendamiento se haya verificado con la facultad que el propietario de la finca otorgó al arrendatario, para subarrendar.
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Registro digital (IUS): 806492
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2133
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 49492/46. Castillo Rubén. 21 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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