Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Los títulos de propiedad traen implícito el derecho a la posesión, como atributo de aquélla y no demuestran fehacientemente el hecho mismo de la tenencia, respecto de la cual, sólo engendran dichos títulos una presunción humana; pero cuando esta presunción está complementada con una prueba documental, de la que aparece que se puso en posesión del inmueble al propietario del mismo, debe tenerse por acreditada dicha tenencia.
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Registro digital (IUS): 806833
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2837
Amparo civil en revisión 1884/41. Ferandel Severino. 14 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 806832. COMPRAVENTA BAJO ASPECTO DE PROMESA DE VENTA.
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