MERCANTILES

Artículo IUS 806856. PRESUNCIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRESUNCIONES.

Para ser válidas, deben nacer de los hechos plenamente comprobados en los autos, y si de éstos el tribunal se abstiene de deducir otros, sin enunciación en los límites que la ley le traza. Si ninguna presunción se forma el sentenciador, ninguna tendrá que calificar para desecharla o para admitirla expresamente, apreciándola en justicia.

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Registro digital (IUS): 806856

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3085

Precedentes

Amparo civil directo 5013/41. Ferrara Orazio. 26 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Emilio Pardo Aspe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806856 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806856 de la J. Mercantiles SCJN?

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