Tesis aislada · Séptima Época · Tercera Sala
Cuando surge la duda para determinar cuál sería el último domicilio del autor de la sucesión, y por tanto, para resolver este conflicto competencial debe aplicarse la segunda hipótesis contenida en los preceptos legales transcritos de los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados de Sinaloa y Sonora cuyos Jueces compiten, que señalan como Juez competente al del lugar de la ubicación de los bienes raíces.
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Registro digital (IUS): 806905
Clave: 81
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1980, Parte II; Pág. 84
Competencia civil 6/80. Entre el Juez Tercero del Ramo Civil de Culiacán, Sinaloa y el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil de Nogales, Sonora. 11 de julio de 1980. 5 votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Eric Roberto Santos Partido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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