Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si en un contrato de cesión de derechos se estipuló que el cedente cede y traspasa al cesionario, todos los derechos, acciones y obligaciones que le confiere un contrato que ampara determinado lote de terreno, así como todas las mejoras que hubieren sido hechas en la propiedad, y la autoridad responsable interpretó tal estipulación en el sentido de que las mejoras a que se refiere, son las construcciones hechas en el terreno materia de la cesión, debe decirse que es errónea esta estimación, la cual no se apoya en fundamento legal alguno. En efecto, si mejora es "lo que se ha obrado en algún edificio o heredad para ponerlos en mejor estado", no puede considerarse que lo edificado en terreno ajeno, constituya "mejoras", en el sentido técnico jurídico de ambas expresiones. Por tanto, debe concluirse que las construcciones no son mejoras de un terreno, y la distinción entre ambos conceptos, deriva del texto del artículo 895 del Código Civil del Distrito Federal.
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Registro digital (IUS): 807142
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4285
Amparo civil directo 6121/44. Zamilpas Camacho Cleófas. 30 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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