MERCANTILES

Artículo 6 . AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LOS FAMILIARES DEL OFENDIDO CON DERECHO A LA REPARACION DEL DAÑO MATERIAL Y MORAL.

Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala

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Texto Legal

AMPARO DIRECTO PROMOVIDO POR LOS FAMILIARES DEL OFENDIDO CON DERECHO A LA REPARACION DEL DAÑO MATERIAL Y MORAL.

Si en un proceso por homicidio a los padres de la víctima se les tuvo como coadyuvantes del Ministerio Público y con tal carácter promovieron por conducto de éste, pruebas para acreditar determinados extremos, aquéllas están legitimadas para promover amparo en los términos de los artículos 5o. fracción III inciso b) y 10 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucionales, sólo en el aspecto de la reparación del daño moral y material a que se contrae los artículos 29, 30 fracción II del Código Penal y 1916 del Código Civil, ambos ordenamientos por el Distrito Federal.

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Registro digital (IUS): 807845

Clave: 6

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1978, Parte II; Pág. 5

Precedentes

Amparo directo 5126/76. Hernán del Valle Escamilla y Rosa Mancillas. 8 de noviembre de 1978. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Edmundo Alfaro Martínez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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