MERCANTILES

Artículo IUS 808462. POSESION, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

POSESION, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA.

Si se reclama en amparo la resolución judicial que manda dar la posesión de una finca rústica, y la autoridad responsable afirma que la posesión ya fue dada, pero de las pruebas rendidas por la parte quejosa, no aparece que se hayan cumplido los requisitos y las formalidades de la ley para la posesión, ya que no hay constancia en el acta, de que hubiera intervenido la parte quejosa, en su carácter de poseedora de la finca, ni los colindantes de la misma, ni se fijaron los límites correspondientes, habiéndose omitido hacer constar que la parte quejosa hubiera perdido la posesión y la suspensión debe concederse mediante fianza.

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Registro digital (IUS): 808462

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 172

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6657/35. Mexican Petroleum Company. 1o. de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808462 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808462 de la J. Mercantiles SCJN?

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