MERCANTILES

Artículo IUS 808828. REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE POSTURAS EN LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE POSTURAS EN LOS.

Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia, que desechó la postura que el quejoso hizo en un remate; se aceptó la de otro postor; se mandó adjudicar a éste los bienes embargados y se ordenó que con el importe de dicha postura, se cubriera al rematante su crédito, a pesar de que existe otro, por parte del quejoso, que se dice preferente, es indudable que esos hechos son positivos y susceptibles de suspensión, la cual debe concederse, mediante fianza, para garantizar los perjuicios que pudieran ocasionarse al tercero perjudicado.

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Registro digital (IUS): 808828

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 336

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6016/37. Santoyo Arango Isidoro. 14 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808828 del MERCANTILES?

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