MERCANTILES

Artículo IUS 809097. PODERES, REGISTRO DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PODERES, REGISTRO DE LOS.

Los poderes otorgados por una sociedad mercantil, a los gerentes, factores, dependientes y a cualesquiera otros mandatarios, deben registrarse, por lo que toca a los actos de comercio que, en ejercicio de esos poderes, deban ejecutar, pero no por lo que respecta a los actos de carácter civil, como es la representación en juicio, pues la falta de registro de dichos poderes, podría tener consecuencias respecto a los actos de comercio que ejecuten los mandatarios, pero no puede impedirles que se ostenten como mandatarios jurídicos, ya que para esos actos, no es necesario el requisito del registro.

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Registro digital (IUS): 809097

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 781

Precedentes

Recurso de súplica 205/32. Corcuera Carlos L. 14 de abril de 1936. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809097 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809097 de la J. Mercantiles SCJN?

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