Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
De acuerdo con la doctrina de la literalidad y autonomía de los títulos de crédito, no debe atenderse a la operación que dio origen a los documentos mercantiles, base de la acción deducida en juicio, sino que debe aceptarse la obligación en los términos en que se consigna en el título mismo.
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Registro digital (IUS): 809108
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4143
Amparo civil directo 1270/33. Solís Refugio. 13 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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