Tesis aislada · Séptima Época · Tercera Sala
La causal de divorcio por hábito de la embriaguez, no se configura por las constantes desavenencias conyugales, sino sólo cuando estas tienen su causa o motivo en el hábito de embriaguez de uno de los cónyuges, o de ambos.
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Registro digital (IUS): 809131
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Cuarta Parte; Pág. 17
Amparo directo 562/73. Felipe Guevara Franco. 25 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 809117. SENTENCIA EJECUTORIA (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
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Art. IUS 809132. DIVORCIO, HABITO DE LA EMBRIAGUEZ COMO CAUSAL DE.
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