MERCANTILES

Artículo IUS 809275. ALBACEA, CESACION DEL CARGO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ALBACEA, CESACION DEL CARGO DE.

La circunstancia de que se encuentre pendiente un amparo contra actos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, relativo a la liquidación del impuesto sobre herencia y legados, no puede motivar que no cese el albacea en su cargo, por haber transcurrido el término de él, puesto que no entraña una sanción, por no tratarse de una remoción por causas culpables.

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Registro digital (IUS): 809275

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 400

Precedentes

Amparo civil en revisión 3516/31. Marín de González Emilia. 16 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809275 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809275 de la J. Mercantiles SCJN?

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