MERCANTILES

Artículo IUS 809272. DEPOSITARIO, CAMBIO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DEPOSITARIO, CAMBIO DE.

El cambio de depositario de los bienes embargados, no tienen relación alguna con los derechos derivados de la interposición de una tercería, respecto de dichos bienes, puesto que el aseguramiento de estos últimos, no puede lesionar los derechos del tercerista; ya que esa medida se toma en beneficio del vencedor en el juicio y, por tanto, dicho acto no es violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales.

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Registro digital (IUS): 809272

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 395

Precedentes

Amparo civil en revisión 4851/33. Miguel José. 16 de mayo de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809272 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809272 de la J. Mercantiles SCJN?

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