MERCANTILES

Artículo IUS 809574. CLAUSULA PENAL EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

CLAUSULA PENAL EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.

La cláusula penal que impone al inquilino la obligación de cubrir al propietario, el importe de una mensualidad por falta de pago puntual de la renta, en la fecha estipulada, procede hacerla efectiva, si de las constancias del expediente y de la sentencia respectiva, aparece que fue precisamente esa falta de pago puntual, la causa del requerimiento hecho al inquilino para la desocupación, ya que las actuaciones en la providencia intentada, son suficientes para acreditar la acción, en su carácter de instrumento público.

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Registro digital (IUS): 809574

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1206

Precedentes

Amparo civil directo 3409/30. Bouchez de Kolff Isabel. 28 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809574 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809574 de la J. Mercantiles SCJN?

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