MERCANTILES

Artículo IUS 809773. PRESCRIPCION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PRESCRIPCION.

El Código de Comercio admite la excepción de prescripción, para destruir la acción ejecutiva, fundada en cualquier documento mercantil que traiga aparejada ejecución, y señala el plazo de tres años para que prescriban las acciones procedentes de pagarés de comercio.

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Registro digital (IUS): 809773

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 567

Precedentes

Recurso de súplica 29/23. González Eduardo. 5 de noviembre de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809773 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809773 de la J. Mercantiles SCJN?

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