MERCANTILES

Artículo IUS 809851. TERMINOS JUDICIALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TERMINOS JUDICIALES.

No es a las partes en el juicio, a quienes toca decir cuál es el término señalado por la ley para el ejercicio de un derecho, sino que es el Juez de los autos quien fija ese término, en atención a lo mandado por la ley, y lo hace del conocimiento de los interesados, para los efectos correspondientes; así, el Juez ante quien se interpone la apelación, es el que cita y emplaza a las partes y les fija término para que se presenten a mejorar el recurso, ante el tribunal de alzada.

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Registro digital (IUS): 809851

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1276

Precedentes

Amparo civil en revisión 3379/24. Regalado Natalia G. viuda de. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809851 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809851 de la J. Mercantiles SCJN?

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