MERCANTILES

Artículo IUS 809932. DEMANDA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DEMANDA.

Si la demanda no se endereza individualmente contra determinada persona, sino con el carácter de gerente de una sociedad, el embargo de bienes personales, constituye una violación de garantías, en su perjuicio, puesto que, por virtud de un procedimiento en el que no es parte, se le priva de sus posesiones y derechos.

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Registro digital (IUS): 809932

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 867

Precedentes

Amparo civil en revisión 1496/22. Espinosa y Cuevas José M. y coagraviado. 20 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809932 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809932 de la J. Mercantiles SCJN?

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