Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Por regla general, el impuesto del timbre causado en las operaciones de compraventa, debe ser satisfecho por el vendedor, sin perjuicio de exigir su reembolso al comprador si así se hubiere estipulado.
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Registro digital (IUS): 809949
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 264
Amparo civil directo 204/20. Ferrer Rodríguez José. 23 de enero de 1920. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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