MERCANTILES

Artículo IUS 809970. VIA EJECUTIVA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

VIA EJECUTIVA.

La resolución que da entrada a una demanda en la vía ejecutiva, no es acto que dé lugar al juicio de amparo, porque como acto de procedimiento, no priva de defensa al quejoso, ni tampoco es de los actos en el juicio cuya ejecución sea de imposible reparación, porque aunque no es simplemente declarativo, sino que trae consigo ejecución real, ésta no es irreparable, puesto que la sentencia definitiva resolverá si debe levantarse o no, la ejecución, contra la cual tampoco procede el amparo.

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Registro digital (IUS): 809970

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1039

Precedentes

Amparo civil en revisión 4350/27. Navarro Gilberto G. 28 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809970 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809970 de la J. Mercantiles SCJN?

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