MERCANTILES

Artículo IUS 810101. JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

El juicio ejecutivo mercantil procede, entre otros casos, mediante el reconocimiento de la firma de los documentos mercantiles, hecha por el deudor, y el Código de Comercio manda que sólo pueden hacer tal reconocimiento: el que firma el documento, el que lo manda extender y el legítimo representante de ellos, con poder o cláusula especial.

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Registro digital (IUS): 810101

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 683

Precedentes

Recurso de súplica 42/23. Banco Nacional de México, S. A. 24 de julio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810101 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810101 de la J. Mercantiles SCJN?

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