MERCANTILES

Artículo IUS 810397. CONSORTES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONSORTES.

Conforme a la Ley de Relaciones Familiares, la mujer no podrá, en ningún caso, contratar con el marido para transmitirle o adquirir de él bienes raíces, derechos reales o de cualquiera otra clase; por tanto, las resoluciones judiciales que priven de la posesión de una propiedad raíz al marido, tratándose de bienes propios de éste, no pueden ser reclamadas por la mujer, fundándose en un contrato celebrado entre ella y su esposo.

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Registro digital (IUS): 810397

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 404

Precedentes

Amparo civil en revisión 3624/25. Payén de Ortiz Luisa. 18 de febrero de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810397 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810397 de la J. Mercantiles SCJN?

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